//Iniciativa del Ejecutivo Federal para desaparecer los servicios de subcontratación o de outsourcing

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Iniciativa del Ejecutivo Federal para desaparecer los servicios de subcontratación o de outsourcing

En forma por demás sorpresiva, y contra los acuerdos celebrados con el sector privado, el Ejecutivo Federal acaba de enviar el pasado jueves 12 de noviembre al Congreso de la Unión, una Iniciativa para reformar diversas leyes laborales y fiscales, con objeto de suprimir TOTALMENTE los servicios de subcontratación o de outsourcing

Redacción AMDA
Lo anterior lo hace una vez que ha sido aprobada la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2021, así como la Miscelánea Fiscal y el Decreto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2021.

La Reforma propuesta es un fuerte golpe a este tipo de servicios, adicional a la que se manejó a principios de este año, donde este tipo de operaciones, cuando son simuladas, pueden alcanzar sanciones que llegan hasta la privación de la libertad del contribuyente, y en el caso de las operaciones reales, las sujetó a una retención del 6% del IVA.

Los puntos principales de la Iniciativa son:

  • Se elimina la figura de subcontratación o de outsourcing, tanto para efectos laborales como fiscales
  • Se considera como tal, aquélla en que una persona física o moral proporcione o ponga a disposición trabajadores propios en beneficio de otra
  • No se considera subcontratación de personal la prestación de servicios especializados (PES) o la ejecución de obras especializadas (EOS), que no forman parte del objeto social o de la actividad económica de la beneficiaria de los mismos, siempre que el contratista cuente con la autorización que expedirá la Secretaria de Trabajo y Previsión Social , para dichos efectos
  • Los pagos a este tipo de servicios quedan sobre-regulados para que puedan ser deducibles o acreditables en las leyes fiscales respectivas
  • Las erogaciones que se hagan por subcontratación de personas se convierten en no deducibles para efectos de la LISR y por ende no acreditables para efectos del IVA
  • No se dan reglas para las empresas de “insourcing”, las incluyen dentro de la subcontratación
  • Se incrementan las sanciones
  • La subcontratación se va a considerar defraudación fiscal, por lo mismo puede llegar a privación de libertad
  • Las reformas entran en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, salvo las fiscales. Las reformas al Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado entrarán en vigor el 1 de enero de 2021
  • No hay reglas transitorias que den plazos para la entrada en vigor de las reformas.

Esta reforma, que lamentablemente se aprobará rápidamente sin analizar sus consecuencias en el sector laboral, traerá consecuencias importantes en la forma de operar de nuestros asociados, por ejemplo, la posible prohibición de los servicios de insourcing, no sólo los de outsourcing, por lo que les pedimos analicen con cuidado este documento y las posibles consecuencias de estas reformas en sus negocios.

Dos comentarios finales: (a) no se proponen modificaciones a la ley Federal de los trabajadores del estado ni a la del ISSSTE, aunque el Código Fiscal de la Federación las obliga, sería aconsejable que también se modificaran este par de leyes para que el sector público y el privado tuvieran reglas similares y (b) no se tocan las estrategias laborales que se siguen promoviendo por los lideres sindicales, lo que es una mala señal, esto habla de una reforma incompleta.

Acompañamos en el Anexo 1 comentarios detallados sobre el contenido de la reforma y en el anexo 2 la Iniciativa de Reformas que se presenta al Congreso de la Unión.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos (55) 36 88 36 50 ext. 140 y 141, o directamente con:
Lic. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Jimena Mata jmatam@amda.mx

ANEXO 1

ANEXO 2

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2020-11-18T09:32:33+00:00