CIRCULARES A ASOCIADOS 2021
(63/DGA/2021) ACTUALIZACIÓN DE MULTAS PROFECO 2022
23 de Diciembre de 2021
Circular No. 63/DGA/2021
Contenido: ACTUALIZACIÓN DE MULTAS PROFECO 2022.
Anexo: Publicación del DOF
Estimados Asociados:
Es importante informar que el día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se actualizan para el año dos mil veintidós, los montos de las operaciones y multas previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor, en los siguientes terminos:
PRIMERO.- El monto señalado en el artículo 99, segundo párrafo y en el artículo 117, segundo párrafo, en relación con el artículo 2, fracción I, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en la cantidad de $623,480.61.
SEGUNDO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 25, fracción I de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $311.73 y un máximo de $31,174.02.
TERCERO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 25, fracción IV de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en la cantidad de $12,469.61.
CUARTO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 126 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $311.73 y un máximo de $997,568.98.
QUINTO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $623.48 y un máximo de $1’995,137.95.
SEXTO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $895.63 y un máximo de $3’502,944.91.
SÉPTIMO.- El monto de la multa a que se refiere el artículo 128 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $187,044.19 y un máximo de $5’237,237.18.
OCTAVO.- El monto de la multa prevista en el artículo 133 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, no deberá rebasar la cantidad de $10’474,474.32, cuando por un mismo hecho u omisión se cometan varias infracciones a las que esta ley imponga una sanción.
NOVENO.- Las actualizaciones a que se refiere el presente Acuerdo estarán vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.
Para efectuar el pago de las cantidades que resulten de la actualización, para las fracciones del peso, el monto se adecuará para que las multas que contengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50 centavos, se ajusten a la unidad inmediata anterior y las que contengan cantidades de 51 a 99 centavos, se ajusten a la unidad inmediata superior.
Asimismo les recordamos que contamos con un minisitio de “PROFECO” dentro de la sección de Cumplimiento Normativo en donde podrán encontrar toda la información relativa a las disposiciones aplicables, así como los contratos de adhesión vigentes y el protocolo de verificación.
Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext. 140 y 141 o directamente con:
Mtra. Laura Méndez lmendezf@amda.mx
Lic. Jimena Mata jmatam@amda.mx