CIRCULARES A ASOCIADOS 2021
(53/DGA/2021) RECORDATORIO DE OBLIGACIONES PROFECO
17 de Noviembre
Circular No. 53/DGA/2021
Contenido: RECORDATORIO DE OBLIGACIONES PROFECO
Estimados Asociados:
En AMDA nos preocupamos por que todas las relaciones comerciales que llevan a cabo nuestros asociados estén apegadas a derecho a fin de mitigar el riesgo de hacerse acreedores a multas, sanciones o daños reputacionales, motivo por el que es muy importante reiterar que, de acuerdo a lo establecido por la Ley Federal de Protección al Consumidor, estamos obligados a:
Informar y respetar los precios, tarifas, garantías, cantidades, calidades, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones conforme las cuales se hubiere ofrecido, obligado o convenido con el Consumidor la entrega del bien o prestación del servicio, así como a tener registrados y utilizar los contratos de adhesión correspondientes.
Es importante resaltar, que derivado de lo anterior, no está permitido condicionar el pago de un anticipo a una forma de pago determinada si esta no fue previamente acordada con el cliente, ya que de hacerlo se está incumpliendo con lo dispuesto por la referida disposición y podrán hacerse acreedores a una multa que puede ir de $260.56 a $833,823.71 pesos y en caso de reincidencia la PROFECO podrá sancionar con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de noventa días y con multa de $141,929.70 a $3’974,031.62.
Asimismo les recordamos que contamos con un minisitio de “PROFECO” dentro de la sección de Cumplimiento Normativo en donde podrán encontrar toda la información relativa a las disposiciones aplicables, así como los contratos de adhesión vigentes y el protocolo de verificación.
Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext. 140 y 141 o directamente con:
Mtra. Laura Méndez lmendezf@amda.mx
Lic. Jimena Mata jmatam@amda.mx