CIRCULARES A ASOCIADOS 2020
(48/DGA/2020) CONFIRMACIÓN DE CRITERIO SOBRE LA RETENCIÓN DE IVA EN LOS SERVICIOS DE TALLER
6 de Agosto de 2020
Circular No. 48/DGA/2020
Contenido: CONFIRMACIÓN DE CRITERIO SOBRE LA RETENCIÓN DE IVA EN LOS SERVICIOS DE TALLER
Anexo: Confirmación de Criterio
Estimados Asociados:
En seguimiento a la circular número 47/DGA/2020 emitida el pasado 3 de agosto, mediante la cual les informamos la resolución favorable publicada en la sección de preguntas frecuentes de la página del SAT respecto a la consulta formulada por AMDA sobre si existe o no la obligación de los clientes de retener el 6% en los servicios prestados por los talleres de los distribuidores, conforme a lo señalado en la fracción IV del artículo la de la ley del IVA, vigente a partir del 1 de enero de 2020.
Nos complace informarles que el día de hoy nos fue notificado mediante buzón tributario la resolución formal que confirma dicho criterio, misma que se anexa a la presente circular.
Cabe precisar que esto fue gracias a la participación y apoyo de aquellos distribuidores que nos acompañaron enviando sus propias consultas, logrando así una respuesta satisfactoria.
Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 50 ext. 140, 141 o directamente con:
Lic. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Jimena Mata jmatam@amda.mx