CIRCULARES A ASOCIADOS 2024
(48/DG/2024) REFORMA A LA LEY DEL TRABAJO
Circular No. 48/DG/2024
Contenido: REFORMA A LA LEY DEL TRABAJO
Anexo: Publicación del DOF
Estimados Asociados:
El 19 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación en su versión matutina una reforma a la Ley Federal del Trabajo que modifica varios artículos importantes. A continuación, se detallan los puntos más relevantes:
- Obligaciones de los empleadores (Artículo 132):
Se establece que los empleadores deben proporcionar sillas con respaldo para todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y actividades similares. Estas sillas deberán estar disponibles durante la jornada laboral, y en los casos de descansos periódicos, deben ubicarse en áreas específicas del lugar de trabajo. En los establecimientos industriales, esta medida también se aplicará si las características del trabajo lo permiten.
- Prohibiciones para los empleadores (Artículo 133):
Los empleadores tienen prohibido obligar a las personas trabajadoras a estar de pie todo el tiempo durante la jornada laboral o impedirles tomar asiento en sus descansos periódicos. Además, se prohíbe cualquier intento de interferir o controlar a los sindicatos a los que pertenezcan los trabajadores.
- Reglamento Interior de Trabajo (Artículos 422 y 423):
El reglamento interior de trabajo deberá incluir disposiciones que regulen el uso de sillas con respaldo, tal como lo indica el artículo 132. También deberá contemplar normas sobre los descansos, los exámenes médicos, las medidas disciplinarias y el procedimiento para su aplicación.
Plazos importantes:
- Las empresas tienen 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del Decreto para ajustar sus políticas internas y cumplir con las nuevas disposiciones.
- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá emitir las normas correspondientes sobre riesgos laborales en un plazo máximo de 30 días naturales.
Esta reforma entrará en vigor 180 días después de su publicación, por lo que se recomienda a nuestros asociados revisar sus políticas y asegurarse de que estén alineadas con los nuevos requerimientos legales.
Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext. 140, 142 y 143, o directamente con:
Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Mariana Ordoñez mordoneza@amda.mx
Lic.Itzel Fernanda Martínez Segura imartinezs@amda.mx