CIRCULARES A ASOCIADOS 2022
(42/DG/2022) NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-STPS-2018, FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO-IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y PREVENCIÓN
13 de Septiembre de 2022
Circular No. 42/DG/2022
Contenido: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-STPS-2018, FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO-IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y PREVENCIÓN
Estimados Asociados:
La presente tiene como objetivo informar a nuestros asociados acerca del contenido de la “Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención” toda vez que hemos tenido conocimiento de recientes verificaciones de cumplimiento a este respecto.
Recordemos que el objetivo principal de dicha norma es identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional mediante procedimientos internos sin la expresa obligación de contratar de por medio un tercero para tales efectos.
En primer lugar, la NOM señala que es obligación del patrón:
“5.2 Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial, de acuerdo con lo establecido en los numerales 7.1, inciso a), y 7.2, de esta Norma, tratándose de centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores.
5.3 Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional, de conformidad con lo señalado en los numerales 7.1, inciso b), 7.2 y 7.3, respectivamente, de la presente Norma, tratándose de centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores.”
Para la identificación análisis y evaluación de los factores de riesgo psicosocial y entorno organizacional se atenderá a lo siguiente:
“7.1 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberán realizarse de conformidad con lo siguiente:
- a) Los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, únicamente deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, incluyendo a todos los trabajadores (ver Guía de referencia II), y
- b) Los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional, éstas se podrán realizar con una muestra representativa conforme a lo señalado en la Guía de referencia III, en el numeral III.1.”
Es por lo anteriormente citado que hay que remitirse a:
- La “Guía de Referencia II IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE LOS FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL”.
El contenido de la guía sirve como complemento para la mejor comprensión de la NOM y no es de cumplimiento obligatorio, pero puede ser utilizada por los centros de trabajo que tengan hasta 50 trabajadores.
- La “Guía de Referencia III IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE LOS FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL Y EVALUACIÓN DEL ENTORNO ORGANIZACIONAL EN LOS CENTROS DE TRABAJO “. El contenido de la guía sirve como complemento para la mejor comprensión de la NOM y no es de cumplimiento obligatorio, pero puede ser utilizada por los centros de trabajo que cuenten con mas de 50 trabajadores.
Ahora bien, en ninguno de los cuerpos anteriormente descritos, se menciona la obligación de realizar la identificación, análisis y evaluación a través de un tercero con especialistas en el tema. Solo se hace expresa referencia a que si se utilizara una herramienta diferente a estas guías, es necesario demostrar su validez. Por lo que se concluye que los patrones cumplen con su obligación mientras se utilicen los cuestionarios descritos por la NOM, sin importar que sean aplicados internamente o por medio de un tercero para tales efectos.
Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext. 140, 142, 143 o directamente con:
Mtra. Laura Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Claudia Carrión ccarriong@amda.mx
Lic. Mariana Ordoñez mordoneza@amda.mx