//Circular 21/DG/2025 CINCO PUNTOS RELEVANTES A CONSIDERAR EN MATERIA FISCAL

CIRCULARES A ASOCIADOS 2025


(21/DG/2025) CINCO PUNTOS RELEVANTES A CONSIDERAR EN MATERIA FISCAL

Circular No. 21/DG/2025
Contenido: CINCO PUNTOS RELEVANTES A CONSIDERAR EN MATERIA FISCAL

Anexo: Comentarios

Estimados Asociados:

Ha sido una inquietud constante de AMDA proporcionarles información fiscal sobre puntos que puedan ser de su interés y que les ayuden a estar mejor preparados para las revisiones fiscales.

En los últimos meses hemos visto cómo las autoridades siguen incrementando sus revisiones y aumentando los puntos objeto de sus auditorías.

Nos gustaría comentar cinco puntos en los que a veces no prestamos tanta atención:

  

Vigilancia de la Firma Electrónica Avanzada y Buzón Tributario.

 

Lamentablemente hemos podido atestiguar que, por la falta de seguimiento y el exceso de confianza en los colaboradores, los contribuyentes, sean los ejecutivos de las distribuidoras o ellos mismos como persona físicas, omiten un adecuado control de su Firma Electrónica Avanzada y de sus contraseñas de acceso al SAT.

 

¿Podemos justificar razonablemente nuestros depósitos personales en cuentas bancarias?

 

Las empresas están acostumbradas a llevar contabilidad, por lo mismo, cuando las autoridades fiscales les solicitan la información sobre el origen de sus depósitos en cuentas bancarias, tienen  elementos solidos para justificarlos y con eso evitar que les graven como ingresos las entradas de efectivo.

Pero, y en el caso de las personas físicas, ¿Qué tan protegidos estamos?

¿Acostumbramos a informar sobre los préstamos, donativos y premios recibidos en el ejercicio?

 

Otra disposición que luego olvidan las personas físicas.

La LISR las obliga a : “informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, los donativos y los premios, obtenidos en el mismo, siempre que éstos, en lo individual o en su conjunto, excedan de $600,000.00”.

¿Y las Cartas invitación? ¿qué puntos debemos preparar internamente (conciliación CFDI ingresos y egresos)

 

En nuestra experiencia el SAT está revisando a los contribuyentes por diferencias entre los CFDI reportados al SAT y los datos que aparecen en las declaraciones presentadas por los contribuyentes.

Si lo analizamos, tanto los CFDI como las datos que aparecen en las declaraciones presentadas, son informaciones que se producen en la empresa y que deben estar conciliadas internamente al 100%, tanto para ISR como para IVA.

 

¿Y el tipo de pago y la forma en que se realizó el pago en el CFDI son importantes?

Las revisiones fiscales ya empiezan a cuestionar asuntos como el tipo de pago o la forma en que se realizó el pago.

En el anexo de esta circular damos a ustedes información sobre estos cinco temas que esperamos sea de su interés.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext. 140, 142 y 143, o directamente con:

Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx

Lic. Mariana Ordoñez mordoneza@amda.mx

Lic.Itzel Fernanda Martínez Segura imartinezs@amda.mx

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2025-04-08T10:51:21+00:00