//Circular 21/DG/2021 AFILIACIÓN OBLIGATORIA DE LOS CENTROS DE TRABAJO A INFONACOT

CIRCULARES A ASOCIADOS 2024


(21/DG/2024) AFILIACIÓN OBLIGATORIA DE LOS CENTROS DE TRABAJO A INFONACOT

Circular No. 21/DG/2024
Contenido: AFILIACIÓN OBLIGATORIA DE LOS CENTROS DE TRABAJO A INFONACOT

Estimados Asociados:

En virtud de que el pasado 4 de abril de 2024 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto a través del cual se reforma el artículo 994, fracción III de la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que de ahora en adelante se contempla una multa que puede ir desde las 50 hasta las 1,500 unidades de medida y actualización (UMA), es decir, entre MXN 5,428 a MXN 162,865 para los patrones que incumplan la obligación de afiliar sus centros de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot). Motivo por el cual, ponemos a su disposición el manual que especifica el procedimiento detallado para realizar dicho tramite, y puedan evitar futuras contingencias.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 50 ext. 140, o directamente con:

• Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
• Lic. Mariana Ordoñez mordoneza@amda.mx
• Itzel Fernanda Martínez Segura imartinezs@amda.mx

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2024-04-09T14:02:57+00:00