CIRCULARES A ASOCIADOS 2022
(41/DG/2022) DISPOSICIONES PARA ASISTENCIA A LAS JUNTAS DEL COMITÉ DE ASOCIACIONES ESTATALES 2022
6 de Septiembre de 2022
Circular No. 41/DG/2022
Contenido: DISPOSICIONES PARA ASISTENCIA A LAS JUNTAS DEL COMITÉ DE ASOCIACIONES ESTATALES 2022
Estimados Asociados:
En seguimiento a los lineamientos adoptados por la Junta de Gobierno y en concordancia con el objetivo de hacer más eficiente el ejercicio del presupuesto, me permito hacer de su conocimiento las disposiciones en materia de reembolsos por gastos efectuados por su asistencia a las Juntas del Comité de Asociaciones Estatales, las cuales se detallan a continuación:
1.- Transporte aéreo: AMDA reembolsará el costo de la trasportación aérea en clase comercial o turística, en el caso de que la persona deba desplazarse de una población a más de 400 kilómetros de la Ciudad de México o al lugar donde se lleve a cabo la Junta del Comité de Asociaciones Estatales. En cada comprobación deberá anexar copia del boleto de avión y pase de abordar.
No se reembolsarán costos por emisión de boletos de avión.
No se reembolsarán cambios y/o cancelaciones.
Solicitamos hagan un esfuerzo para adquirir sus boletos de avión a través de internet y con la debida anticipación a fin de obtener mejores tarifas.
2.– Transporte terrestre: Cuando se tengan que desplazar de una población ubicada a menos de 400 kilómetros de la ciudad de México se podrá optar por la transportación terrestre en autobuses de clase ejecutiva. También pueden utilizar su automóvil particular y les serán reembolsados por AMDA los gastos de peaje y gasolina contra los recibos correspondientes, hasta un importe total igual o menor al costo de viajar en autobús más los taxis autorizados
3.- Transporte local (taxis):
El transporte de taxi se cubrirá exclusivamente entre el aeropuerto o terminal de autobuses al hotel y a la sede del evento. Se deberán hacer recorridos con servicio de taxis que expidan comprobantes. No rebasar el monto establecido en la siguiente tabla.
CONCEPTO | MONTO AUTORIZADO |
Taxi Aeropuerto-Hotel | HASTA $350.00 |
Taxi AMDA – Aeropuerto | HASTA $350.00 |
Taxi Hotel – AMDA | HASTA $150.00 |
En aquellos casos que AMDA proporcione transporte local no se reembolsará ninguna cantidad por este concepto.
4.- Hospedaje:
Se solicita realizar la reservación de hotel con la debida anticipación. En caso de no utilizarla podrán cancelar con 24 horas de anticipación sin costo alguno. AMDA cubre el costo de hospedaje exclusivamente del Presidente y/o director(a) de la Asociación Estatal.
Opción 1:
Hotel FIESTA INN (Viaducto)
Convenio: AMDA CUS062083
Tarifa: $1,250.00 MAS IMPUESTOS (habitación sencilla o doble).
Valores agregados: Desayuno express, llamadas locales, internet gratis y Programa de huésped frecuente.
Domicilio: Av. Insurgentes Sur 553, código 2, Escandón I Secc, Miguel Hidalgo, 11800 Ciudad de México, CDMX Tel. 55.53.26.69.00 desde la CdMx y del interior del país 800 504 5000
Opción 2:
NOVOTEL
Convenio AMDA
Tarifa1: $1,650.00 / $1,800.00 más impuestos (Habitación sencilla Queen bedroom)
Tarifa 2 $1,750.00 / $1,900.00 más impuestos) (Habitación sencilla King bedroom)
Valores agregados: Desayuno tipo buffet, internet, uso de gimnasio.
Domicilio: Insurgentes Sur 710 Col. Del Valle CP 03100 Ciudad de México
Tel. 55.92.62.90.49
En caso de elegir otra opción, AMDA reembolsará hasta la cantidad de $1,800.00 pesos más impuestos por concepto de hospedaje y desayuno.
5.- Alimentación:
En aquellos casos en que no se incluya en el programa de actividades el servicio de alimentos grupal, se reembolsarán estos gastos conforme al siguiente esquema tarifario:
CONCEPTO | MONTO AUTORIZADO** |
*Desayuno | HASTA $300.00 |
*Comida | HASTA $400.00 |
*Cena | HASTA $350.00 |
* Los alimentos se pagarán siempre y cuando no rebase el monto arriba especificado.
** IVA incluido
En ningún caso AMDA cubrirá gastos con o sin comprobante por concepto de
PROPINAS.
No serán válidos los comprobantes que presenten tachaduras o enmendaduras, así como aquellos que no correspondan al periodo o lugar del viaje.
Las tarifas indicadas son máximas por asistencia a la reunión del Comité de Asociaciones Estatales y específicas por concepto, por lo que no se podrán compensar excesos o ahorros.
En ningún caso AMDA cubrirá el costo de bebidas alcohólicas ni de alimentos de terceras personas o por concepto de invitación.
La comprobación de gastos se deberá efectuar como máximo 30 días después de haber asistido a la reunión de asociaciones estatales.
Se deberán anexar todos los comprobantes de gastos con los requisitos fiscales de conformidad a lo establecido por la Ley del Impuesto al Valor Agregado, el Código Fiscal de la Federación, su reglamento y demás disposiciones fiscales aplicables.
Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.