//Circular 7/DGA/2021 Obligación de avisar a la Secretaría por Subcontratación en la CDMX

CIRCULARES A ASOCIADOS 2021


(7/DGA/2021) Obligación de avisar a la Secretaría por Subcontratación en la CDMX

14 de Enero de 2021

Circular No. 7/DGA/2021

Contenido: Obligación de avisar a la Secretaría por Subcontratación en la CDMX

Anexo: Publicación en la Gaceta Oficial

Estimados Asociados:

Consideramos de gran importancia recordarles que en la reforma al Código Fiscal de la Ciudad de México para el 2021 se menciona la obligación de avisar a la Secretaría cuando se celebre un contrato de subcontratación o outsourcing dentro de lo 10 días hábiles siguientes a la fecha en que se celebre. Dicha modificación se encuentra en el artículo 156 Bis siguiente:

“ARTÍCULO 156 BIS.-Las personas físicas o morales que contraten o subcontraten, independientemente de la forma en que se denominen los servicios proporcionados por un contratista en términos de la normatividad aplicable, aun cuando la erogación por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado se realice por conducto de otra persona, deberán presentar ante la Secretaría un aviso dentro de los 10 días siguientes a aquél en que se celebre dicho contrato o se realicen modificaciones al mismo.
El aviso a que se refiere el párrafo anteriordeberá contener como anexo el original o copia certificada del contrato respectivo, e informar sobre el número de trabajadores que presten los servicios correspondientes, así como la denominación o razón social, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del contratista.
La Secretaría podrá requerir a las personas físicas o morales a que se refiere el primer párrafo del presente artículo, la presentación del aviso antes citado, a fin de que cumplan con lo solicitado en un plazo de 10 días.”

No omitimos manifestar que dicha disposición entró en vigor el 1º de enero del presente año.
Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 50 ext. 140, 141 o directamente con:
Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Lic. Jimena Mata jmatam@amda.mx

Con esta disposición, la utilización obligatoria del complemento de pagos se está difiriendo hasta el día 1º de septiembre de 2018.

Para cualquier aclaración o comentario sobre el contenido del presente comunicado, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 50 ext. 140 y 122.

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2021-01-14T18:49:54+00:00