///(22/DGA/2016) DISPOSICIONES PARA ASISTENCIA A LAS JUNTAS DEL COMITÉ DE ASOCIACIONES ESTATALES 2016 (SEGUNDA ACTUALIZACIÓN)

CIRCULARES A ASOCIADOS 2016


(22/DGA/2016) DISPOSICIONES PARA ASISTENCIA A LAS JUNTAS DEL COMITÉ DE ASOCIACIONES ESTATALES 2016 (SEGUNDA ACTUALIZACIÓN)

Circular No. 22/DGA/2016
Contenido: DISPOSICIONES PARA ASISTENCIA A LAS JUNTAS DEL COMITÉ DE ASOCIACIONES ESTATALES 2016
(SEGUNDA ACTUALIZACIÓN) DIRECTORES DE ASOCIACIONES ESTATALES

En seguimiento a los lineamientos adoptados por la Junta de Gobierno y en concordancia con el objetivo de hacer más eficiente el ejercicio del presupuesto, me permito hacer de su conocimiento las disposiciones en materia de reembolsos por gastos efectuados por su asistencia a las Juntas del Comité de Asociaciones Estatales, en alcance a las circulares 5/DGA/2016 y 11/DGA/2016 del 14 de enero y 3 de marzo, respectivamente y referidos particularmente al hospedaje.

Solicitamos realizar la reservación de hotel con la debida anticipación, en caso de no utilizarla podrán cancelar con 24 horas de antelación sin costo alguno. AMDA cubre el costo de hospedaje exclusivamente del Presidente y/o director de la Asociación Estatal.

Los hoteles con los que se tiene convenio y sus detalles se aprecian en la siguiente tabla:

Tarifas de hoteles (Convenios 2016)
Hotel Habitación sencilla Habitación doble Desayuno No. de Convenio Vigencia
Fiesta Americana $1,892.00 $2,135.00 Tipo buffet CUS062083 31-dic-16
Fiesta Inn $1,498.00 $1,647.00 Tipo buffet CUS062083 31-dic-16
Holiday In Santa Fe $1,418.05 $1,506.08 Con un costo adicional de $240.00 S/N 30-sep-16
Holiday In Expres Santa Fe $1,271.20 $1,271.20 Desayuno express tipo continental S/N 30-sep-16

AMDA reembolsará hasta la cantidad de $1,498.00 pesos más impuestos porconcepto de hospedaje y desayuno, ya sea que decidan hospedarse en los hoteles con convenio o en otro de su preferencia.

Los términos de los montos y condiciones de transporte y alimentación se mantienen como se señala en las dos circulares referidas.

Se deberán anexar todos los comprobantes de gastos con los requisitos fiscales de conformidad a lo establecido por la Ley del Impuesto al Valor Agregado, el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y demás disposiciones fiscales aplicables.

Sin más por el momento, reciban un cordial saludo.

 

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2018-02-15T13:46:34+00:00