CIRCULAR A ASOCIADOS 2017
(14/DGA/2017) FACILIDADES PARA LA EXPEDICIÓN DE CFDI´S Y COMENTARIOS SOBRE LA PRIMERA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL DEL EJERCICIO 2017
Circular No. 14/DGA/2017
Contenido: FACILIDADES PARA LA EXPEDICIÓN DE CFDI´S Y COMENTARIOS SOBRE LA PRIMERA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL DEL EJERCICIO 2017
ESTIMADOS ASOCIADOS.
El pasado viernes 12 de mayo de 2017 se publicó un importante Comunicado en el Portal del SAT, por medio del cual se dan facilidades para la expedición de Comprobantes Fiscales Digitales en el segundo semestre de 2017.
Dichas medidas son:
Nuevo CFDI versión 3.3:
• Opcional: Desde el 1º de julio de 2017
• Obligatorio; 1º de diciembre de 2017
Complemento Recepción de pagos del CFDI:
• Opcional: Desde el 1 de julio de 2017
• Obligatorio; 1º de diciembre de 2017
Reglas cancelación de CFDI´s:
• Entra en vigor hasta el 1º de enero de 2018
Con posterioridad el lunes 15 del mismo mes, se publicó finalmente en el Diario Oficial de la Federación, la PRIMERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, cuyas regla principales son:
a) Empresas de outsourcing.
Regla 3.3.1.44 Avisos mensuales que se deben presenta.
Estos avisos, derivados de la Reforma Fiscal 2017 (Art. 27 LISR y 5 de la LIVA), son vigentes desde el mes de enero de 2017.
Los avisos correspondientes al periodo de enero a junio de 2017 se pueden presentar a partir del mes de julio.
Regla 3.3.1.45 Cumplimiento obligaciones prestación de servicios diversos a la subcontratación.
• Casos: Prestación de servicios en los cuales se ponga a disposición del contratante o de una parte relacionada de éste, personal que desempeñe sus funciones principalmente en las instalaciones del contratante o una parte relacionada de éste, estén o no bajo la dirección o dependencia del contratante, que no sean consideradas como subcontratación.
• Facilidades: Pueden aplicar lo dispuesto en la regla 3.3.1.44.
b) Reglas relacionadas con operaciones entre partes relacionadas:
Se publican diversas reglas al respecto, como sigue:
2.12.8 Consultas en materia de precios de transferencia.
Se dan facilidades, tanto a la autoridad como al contribuyente, para su presentación y trámite.
3.9.11. Requisitos para la presentación de las Declaraciones Anuales Informativas de Partes Relacionadas.
• Se debe realizar su envío a través del Portal del SAT, por medio de la herramienta que disponga el SAT para estos efectos.
• Se debe contar con e.firma o e.firma portable, vigentes.
• Se da el procedimiento para ello.
Se publican otras reglas que se pueden consultar en el anexo 1 de ese documento.
c) Reglas relevantes Decreto Repatriación de Capitales.
• Se da el procedimiento para presentar la declaración del ISR por el retorno de capitales
• Una vez presentada la declaración, el SAT enviará la ficha de pago.
• Fecha tope para pago 3 de agosto de 2017
• Fecha tope presentación del aviso de ingresos retornados al país: 31 de diciembre de 2017
• Se dan reglas para retornar ingresos que sirven para disminuir pasivos fiscales.
• Se exentan de la base de cálculo aquellos recursos retornados en los que se pueda acreditar que no estaban sujetos al ISR o que éste ya se pagó.
• Se permite la compensación de saldos a favor de ISR vs la tasa del 8%
• Se dan reglas para contribuyentes que estén sujetos a facultades de comprobación.
Se acompaña en el anexo #1 de este documento información detallada sobre este importante decreto.
NOTA.- Lo relativo a las reglas del Decreto de Repatriación de Capitales se comentará a detalle en circular por separado.
Para cualquier aclaración o comentario sobre el contenido del presente comunicado, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 50 ext. 140 y 141.